SUMARIO
1. EL NUEVO IMPUESTO TEMPORAL DE SOLIDARIDAD DE LAS GRANDES FORTUNAS
El Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas se configura como un impuesto complementario del Impuesto sobre el Patrimonio, de carácter estatal y no susceptible de cesión a las Comunidades Autónomas, para gravar con una cuota adicional los patrimonios de las personas físicas de cuantía superior a 3.000.000 de euros.
2. EL VALOR DE REFERENCIA QUE SE TOMA COMO BASE IMPONIBLE EN EL ITP Y AJD NO PREVALECERÁ COMO VALOR DE TRANSMISIÓN EN EL IRPF SI ESTE ES INFERIOR
Este es el criterio seguido en sendas consultas vinculantes del pasado mes de julio.
3. EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ABRE LA PUERTA A REVISAR LIQUIDACIONES FIRMES DE PLUSVALÍA CUANDO SE VENDIÓ A PÉRDIDAS
El Tribunal Constitucional podría dar una segunda oportunidad a aquellos contribuyentes que vieron truncadas las posibilidades de revisar las liquidaciones firmes de la plusvalía municipal tras vender o transmitir inmuebles en pérdidas.
4. EL TRIBUNAL SUPREMO REITERA SU CRITERIO SOBRE LA COMPENSACIÓN DE BASES IMPONIBLES NEGATIVAS EN EL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES
El Tribunal recuerda su jurisprudencia y establece que la compensación de las bases imponibles negativas “es un derecho, y no una opción tributaria”, por lo que permite compensarlas incluso cuando la declaración se ha hecho de manera extemporánea.
5. RESULTA DESPROPORCIONADO NEGAR ABSOLUTAMENTE EL DERECHO A DEDUCIR LOS GASTOS OCASIONADOS POR UN BIEN CUANDO NO ESTÁ AFECTO EXCLUSIVAMENTE A LA ACTIVIDAD
La norma que establece la necesidad de afectación exclusiva de un activo para generar gastos fiscalmente deducibles (renting de vehículos) está ausente en la Ley del IS y resulta desproporcionado negar absolutamente el derecho a deducir.
6. RENOVACIÓN DEL CERTIFICADO ELECTRÓNICO DE LA SEDE ELECTRÓNICA DE LA AGENCIA TRIBUTARIA
Esta renovación no afecta a los usuarios de la sede electrónica de la Agencia, que podrán seguir accediendo como lo hacen habitualmente.
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