BOLETIN DE ACTUALIDAD FISCAL DE MAYO

BOLETIN DE ACTUALIDAD FISCAL DE ABRIL
29 marzo, 2019
BOLETIN DE ACTUALIDAD FISCAL DE JUNIO
31 mayo, 2019

 

BOLETIN DE ACTUALIDAD FISCAL DE MAYO

SUMARIO

1. IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO. EXENCIÓN DE LOS BIENES Y DERECHOS NECESARIOS PARA EL EJERCICIO DE UNA ACTIVIDAD ECONÓMICA

Cuando el titular de la actividad de arrendamiento pase a la situación de jubilación, el hecho de percibir esta impide la llevanza personal y directa del negocio, según la Tesorería General de la Seguridad Social, lo que impide la aplicación de la exención prevista para los bienes y derechos necesarios para el ejercicio de una actividad económica.

2. EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DECIDIRÁ SI LA PLUSVALÍA EN EL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DE VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA (IIVTNU) RESPETA LOS PRINCIPIOS DE CAPACIDAD ECONÓMICA, PROGRESIVIDAD Y NO CONFISCATORIEDAD

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo n. º 32 de Madrid, mediante un auto de 8 de febrero de 2019 ha planteado al Tribunal Constitucional si las normas que disciplinan el impuesto pueden contravenir la doctrina constitucional sobre la capacidad económica, prohibición de carácter confiscatorio y progresividad de los tributos.

3. ADMITIDO A TRÁMITE POR EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL UN RECURSO CONTRA EL REAL DECRETO-LEY 2/2016 QUE INTRODUJO UN IMPORTE MÍNIMO EN LOS PAGOS FRACCIONADOS EN EL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de una empresa contra el Real Decreto-ley 2/2016 para elevar la recaudación del impuesto sobre sociedades. Esa reforma introdujo un mínimo en los pagos fraccionados.

4. LA CONTROVERTIDA APLICACIÓN DE INCENTIVOS FISCALES EN EL IRPF COMO CONSECUENCIA DE LAS APORTACIONES VOLUNTARIAS REALIZADAS A COLEGIOS CONCERTADOS

Las aportaciones voluntarias a los colegios concertados, realizadas por los padres de los alumnos, han provocado un importante debate en relación a su naturaleza. En este sentido, la Administración Tributaria estudia la posible regularización de los incentivos fiscales aplicados en el IRPF por los padres de los alumnos, al considerar que, en ciertos casos, se apreciaría la existencia de pagos obligatorios o con una contraprestación asociada, en lugar de donativos.

5. QUE EL CONSUMO ELÉCTRICO DE LA VIVIENDA HABITUAL NO SEA EL ORDINARIO DE UNA FAMILIA, NO PRIVA DEL DERECHO A DEDUCCIÓN POR VIVIENDA HABITUAL EN EL IRPF

Así lo estima en su Sentencia de 31 de enero de 2019 el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

 

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Utilizamos solo cookies propias para el correcto funcionamiento de la página web y de todos sus servicios. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Puede obtener más información en nuestra política de cookies.

ACEPTAR
Aviso de cookies