BOLETIN DE ACTUALIDAD FISCAL DE OCTUBRE
SUMARIO
1. CONSECUENCIAS EN LA FISCALIDAD DE LA DEROGACIÓN DEL REAL DECRETO-LEY 27/2020, DE 4 DE AGOSTO, DE MEDIDAS FINANCIERAS, DE CARÁCTER EXTRAORDINARIO Y URGENTE, APLICABLES A LAS ENTIDADES LOCALES
La derogación del Real Decreto-ley comporta también la de ciertas medidas fiscales lo cual queda subsanado por el RDL 28/2020 de 22 de septiembre (BOE del día 23).
2. SI EL CARGO ES GRATUITO LAS RETRIBUCIONES A ADMINISTRADORES NO SON DEDUCIBLES EN EL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES
El TEAC en dos resoluciones publicadas recientemente niega la deducibilidad de la retribución pagada por una sociedad a sus administradores mercantiles, cuando éstos desarrollan, además, funciones o actividades de dirección o gerencia para la misma.
3. TRATAMIENTO EN EL IVA DE UNA MORATORIA EN EL ARRENDAMIENTO DE UN LOCAL COMERCIAL
La Dirección General de Tributos en su Consulta Vinculante V2140-20, de 25 de junio de 2020 especifica cómo se devengará el IVA en el arrendamiento de un local comercial que es objeto de una moratoria.
4. ESTÁ EXENTA DE IRPF LA INDEMNIZACIÓN MÍNIMA OBLIGATORIA DE 7 DÍAS DE SALARIO POR AÑO TRABAJADO A LA QUE TIENE DERECHO CUALQUIER DIRECTIVO AL SER DESPEDIDO
Finalmente el Supremo zanja la controversia existente hasta la fecha y consolida su cambio de criterio jurisprudencial, reconociendo que la indemnización mínima prevista en la regulación de los Altos Cargos se encuentra exenta de IRPF.
5. EL RÉGIMEN ESPECIAL DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES DE ENTIDADES DEDICADAS AL ARRENDAMIENTO DE VIVIENDAS NO SE PUEDE CONDICIONAR A LOS REQUISITOS DE LA LEY DEL IRPF
El Tribunal Supremo en su sentencia de 23 de julio de 2020, recurso núm. 3.334/2018, así lo estima. A su vez, el TEAC cambia su criterio con respecto a su resolución de 30 de mayo de 2012.
6. LA APORTACIÓN DE UN CRÉDITO A UNA NUEVA EMPRESA Y SU DEDUCCIÓN EN EL IRPF
Recientemente el Tribunal Económico Administrativo Central ha tratado la posibilidad de aplicar la deducción para la inversión en empresas nuevas o de reciente creación, prevista en el IRPF, en un supuesto de ampliación de capital por compensación de créditos.
7. DISPOSICIÓN DE LOS DERECHOS CONSOLIDADOS DE LOS PLANES DE PENSIONES POR LA CRISIS SANITARIA DERIVADA DEL CORONAVIRUS
La Ley 3/2020 recoge la posibilidad de disponer de los derechos consolidados de planes de pensiones a los trabajadores por cuenta propia o autónomos.
Utilizamos solo cookies propias para el correcto funcionamiento de la página web y de todos sus servicios. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Puede obtener más información en nuestra política de cookies.
ACEPTAR