SUMARIO
1. TRIBUTACIÓN DE LA FIANZA RETENIDA PARA ARREGLAR LOS DESPERFECTOS DE LA VIVIENDA Y GASTOS DE REPARACIÓN DEDUCIBLES PREVIOS AL NUEVO ARRENDAMIENTO DE LA VIVIENDA
La Dirección General de Tributos en respuesta a consulta vinculante V0458/2022 de pasado 10 de marzo da respuesta al tratamiento fiscal de la fianza retenida para arreglar desperfectos de la vivienda y gastos de reparación previos a un nuevo arrendamiento de la vivienda.
2. FECHA RELEVANTE PARA DETERMINAR LA CORRELACIÓN EN LA NUMERACIÓN DE LAS FACTURAS
Debe haber una correspondencia entre este deber de correlación y la fecha en que se emita cada factura.
3. POSIBILIDAD DE APLICAR LA EXENCIÓN POR REINVERSIÓN A UN LOCAL QUE SE DESTINA A VIVIENDA
Para que la ganancia patrimonial obtenida en la transmisión de la vivienda habitual resulte exenta es necesario reinvertir el importe total obtenido en la adquisición o rehabilitación de una nueva vivienda habitual.
4. A EFECTOS DE LA DEDUCCIÓN DE DOTACIONES POR DETERIORO DE CRÉDITOS SOBRE UNA ENTIDAD, LA DECLARACIÓN DE CONCURSO DE ACREEDORES ES EQUIVALENTE A LA INSOLVENCIA JUDICIALMENTE DECLARADA
La declaración de concurso de acreedores es equivalente a la insolvencia judicialmente declarada, por lo que resultan deducibles las dotaciones por deterioro de créditos sobre una entidad al haberse declarado en situación de concurso de acreedores la deudora mediante auto judicial.
5. AMPLIAR EL ALCANCE DE LA COMPROBACIÓN LIMITADA EXIGE QUE HACIENDA LO COMUNIQUE AL CONTRIBUYENTE ANTES DEL PLAZO DE ALEGACIONES
Es nulo el acto final del procedimiento de gestión en que se haya acordado esa ampliación en momento simultáneo, o posterior, a la comunicación al comprobado de la concesión del plazo para puesta de manifiesto y para efectuar alegaciones a la propuesta de liquidación.
6. SENTENCIA PIONERA SOBRE LOS PLAZOS PARA RECLAMAR EL IMPUESTO DE PLUSVALÍA QUE ANULÓ EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Un juzgado gallego considera que las impugnaciones del impuesto de plusvalía son válidas si se realizaron con anterioridad a la fecha de publicación de la resolución del TC en el BOE, es decir, el 25 de noviembre de 2021.
7. LA AGENCIA TRIBUTARIA AMPLÍA EL FOCO A PYMES Y EMPRESAS FAMILIARES AL ATACAR OPERACIONES VINCULADAS
La Inspección cada vez vigila más los precios de transferencia y, en consecuencia, empresas familiares, pymes y sociedades profesionales sufren más actas.
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